Alertas Educativas
- Notas de Prensa
- Oct 31, 2017
Como por ejemplo, analizar si es necesario mantener la vigencia de cuatro Regímenes Tributarios (Régimen General, Régimen Especial del Impuesto a la Renta, Régimen Único Simplificado, Régimen Mype Tributario), revisar la efectividad de los sistemas de pagos anticipados (detracciones, percepciones y retenciones), combatir la informalidad y contrabando sin vulnerar los derechos de los empresarios formales, entre otros.
Entendemos que es muy complicado para la Administración Tributaria cumplir exitosamente con dos importantes objetivos: Ampliar la base tributaria y mejorar el cumplimiento tributario.
Adicionalmente, observamos que últimamente se han promulgado algunas normas importantes en beneficio de la mypes, como por ejemplo, La Ley del IGV Justo, Fraccionamiento del IGV Corriente, Régimen de Recuperación del IGV, entre otros.
Estas normas complementan las medidas de facilitación y simplificación de tributos internos como por ejemplo la eliminación de la presentación de la declaración jurada sin movimiento, modificación de datos del RUC por teléfono, pagos electrónicos desde APP, pago del Nuevo RUS con dinero electrónico, Importa Fácil, Exporta Fácil, Drawback web, entre otros.
Lamentablemente, todos estos buenos esfuerzos todavía no son conocidos ni aplicados por la gran mayoría de las aproximadamente 1’800,000 mypes peruanas (95% de ellas son microempresas) por un hecho muy sencillo: Es difícil tributar y la mayoría de mypes no cuenta con la asesoría profesional óptima.
El resultado de incurrir en infracciones tributarias se sanciona con multa, comiso, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento, suspensión temporal de licencias, permisos, entre otros.
En muchos casos, las excesivas multas comprometen seriamente la existencia de las mypes, llegando a poner en riesgo su viabilidad, acelerando su desaparición y/o fomentando el camino a la informalidad.
Por la continuidad y proyección futura de las mypes peruanas no se puede esperar a la reformulación integral del Código Tributario y demás normas legales necesarias en una reforma tributaria integral. Es necesario implementar paulatinamente medidas innovadoras y coherentes que beneficien al empresariado nacional.
La Ley de Alertas Educativas, plantea correctamente que para las micro y pequeñas empresas que incurran por primera vez en incumplimiento tributario se aplicarán acciones de capacitación directa que permitan subsanar la infracción.
Consideramos que la Ley de Alertas Educativas será bien recibida por el empresariado nacional pues plantea una interesante alternativa frente al incumplimiento tributario, mejora la relación del contribuyente con la Administración Tributaria, genera una cultura que favorece la formalidad empresarial, optimiza el cumplimiento tributario, entre otros beneficios.
Pensamos que la capacitación, en el largo plazo, constituye una herramienta mucho más poderosa que debería marcar el inicio de un cambio de cultura tributaria en nuestro país.
No obstante, no se debe perder de vista que la reforma integral es urgente y necesaria.
Jorge Ochoa Garmendia